Herencias


  • Plazo 6 meses desde fallecimiento para liquidar impuesto de sucesiones y Plusvalía, en el caso de tener.
  • Certificado de defunción, últimas voluntades y certificado vigencia de seguros.
  • Copia autorizada del testamento ó en su defecto acta de declaración de herederos.
  • Datos de los herederos (nombre, apellido, estado civil, profesión, domicilio, DNI)
  • Títulos que acrediten la propiedad de los bienes:
  • En Inmuebles el I.B.I.
  • En valores mobiliarios, cuentas corrientes, etc.: certificados y extractos bancarios.
  • Documentación vehículos (motos, coches….).