D.N.I. compradores y vendedores; si fueran sociedades, los poderes correspondientes o vigencia del cargo del representante.
Certificado de que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de comunidad.
Último recibo del I.B.I.
Certificado de Eficiencia Energética.
Gastos de Operación: En el caso de que no hubiere acuerdo al respecto, los gastos según Ley se distribuyen así:
Vendedor : Los honorarios y suplidos del Notario y la Plusvalía (Incremento de valor de los Terrenos). Comprador : Las copias de la escritura, los gastos de la inscripción en el Registro de la Propiedad y los Impuestos.
El pago de la plusvalía, lo deberán hacer dentro de los 30 días hábiles siguientes, con la copia simple entregada por la notaría.